Carta de concubinato – ¿Qué es?

Se llama como carta de «concubinato» ese documento por el cual hay un testimonio fiel de que dos personas viven en una unión estable de hecho, con consecuencias legales. Tiene efectos similares a un certificado de matrimonio.

Suele ser un trámite gratuito, en el que los interesados ​​acuden al registro civil para formalizar su relación. De esta forma, adquieren un estatus, obligaciones y derechos similares a las adquiridas a través de la fórmula matrimonial, pero sin los costes que conlleva este trámite.

De la misma forma que existe el concepto de divorcio. De manera unilateral o conjunta, podrán solicitar la disolución de la unión de facto.

Basta acudir a los mismos centros de registro civil donde se formalizó, y solicitar su cese definitivo.

Las personas que soliciten la convivencia a través de algún tipo de carta de solicitud pueden beneficiarse de los mismos derechos que otorga un matrimonio constituido ante la ley, como el derecho de sucesión o la pensión alimenticia.

A diferencia del matrimonio, los cónyuges mantienen sus bienes cada uno en su propio nombre por separación de bienes no facultativa.

Simplemente presente una licenciatura, comprobante de residencia y pague una pequeña cantidad económica para que el registro civil emita el concubinato.

La carta de concubinato puede y debe ser utilizado con fines legales para hacer valer los derechoss, no solo de las concubinas, sino también de los hijos agregados a la relación, sean o no nativos de ambas partes.

¿Para qué sirve la carta de concubinato?

Si dos personas deciden vivir en pareja, mediante una relación estable y comprobable por la sociedad, compartiendo un hogar.

Si no deciden casarse, se considera que viven en unión libre (son concubinas). Esta situación no es muy diferente a la de dos compañeros de piso, o dos amigos que deciden vivir juntos.

Sin embargo, tras dos años de convivencia prolongada y continua (2 años de concubinato), existen derechos aplicables en ambos lados.

En caso de ruptura, separación, muerte o enfermedad muy grave, las concubinas pueden tener derecho, según sea el caso, a:

  • Recibir servicios de seguridad social, seguro social …
  • Recibir pensión alimenticia
  • Participar en la herencia en caso de que no haya testamento
  • Visitas penitenciarias
  • Derechos de sucesión
  • Certeza legal
  • Disposición sobre el cadáver e incluso de los órganos del difunto.

Estos no son los mismos derechos que en el matrimonio, pero son comparables.

Hay que tener en cuenta que una pareja que vive en unión libre, incluso después de 2 años, o incluso después de 50 años, si una de las partes decide casarse, la otra pierde automáticamente todos los derechos.

Asimismo, si una de las partes decide hacer testamento y no nombra a su pareja, no tendría derecho a recibir nada.

Por ejemplo, en una separación en la que la concubina se beneficia de la pensión alimenticia;

Si la concubina decide casarse con otra persona, la concubina perderá todos los derechos.

Requisitos para solicitar la carta de concubinato

Al solicitar una carta de concubinato, el juez o magistrado encargado del registro solicitará diversas pruebas que determinen la posibilidad de vivir en estado de concubinato.

1 – Dos años: El primero de los requisitos está relacionado con el tiempo de relación. Se considera oportuno que pasen dos años para formalizar el concubinato. Si tienes uno o más hijos en común, se estima que el concubinato comenzó en el momento del nacimiento del primer hijo, por lo que no sería necesario esperar dos años.

2 – Vivir juntos: Otro requisito importante se refiere a la dirección común. No es posible adquirir el estatus de concubinato si ambas personas viven en su propia casa. Esto puede requerir certificados de registro, comprobante de domicilio: Recibo o factura de luz, servicio de agua, tarjetas de crédito … etc.

3 – No hay impedimentos: Como tercer requisito para otorgar la carta, no necesitamos impedimentos a la situación. Se refiere a que ninguna de las partes tiene otras concubinas o concubinas. Se requiere un arreglo de una persona.

Que no hay matrimonios inconclusos. Una persona separada no podrá formalizar su concubinato hasta que esté totalmente divorciado, ni siquiera tener hijos en común.

Que no hay problemas legales o problemas de salud, que indican que la situación puede ser forzada. Por ejemplo: Enfermedad crónica fatal irreversible o terminación de la visa en caso de enajenación.

En caso de unión libre, pero que existan impedimentos. No se le llama legalmente concubinato, pero se le llama «amaciato». Ambos tortolitos carecen de derechos matrimoniales.

Carta de concubinato en Venezuela

Para solicitar la carta, es necesario acudir a las sedes civiles, las adscritas a la Oficina Nacional de Registro Civil, específicas de cada municipio o parroquia, donde se rigen de acuerdo con el Capítulo VI de la Ley Orgánica del Registro Civil.

Es recomendable que cada persona esté informada sobre el cargo que le corresponde, así como el tiempos o días oportunos para realizar el trámite. Ya que suele haber distintas variaciones según el lugar. Generalmente, suele estar habilitado en las primeras horas de la mañana, y con un número limitado de atenciones, por lo que se recomienda madrugar.

El proceso puede llevar algunos 20 minutos, que es lo que se necesita para redactar y entregar el documento.

Por lo general, es un procedimiento gratuito, pero pueden cobrar algunas cantidades por las copias certificadas. Otras tasas suelen indicar los siguientes montos: 0,3 UT (29.400) Bs.8.820 en timbres fiscales.

El concubinato en Venezuela no permite el matrimonio entre personas del mismo sexo.

De acuerdo con la CNE del poder electoral Deberán presentarse los siguientes documentos:

Requisitos y documentos a presentar:

Obligatorio:

  • Sea venezolano.
  • Prueba de residencia. Se solicita en la junta parroquial o consejo comunal del sector correspondiente. Ambas personas deben vivir en la misma residencia. Se pueden utilizar dos comprobantes de domicilio, facturas, etc.
  • Originales y copias de cédulas de identidad.
  • 2 testigos con sus documentos. Dar fe de al menos 2 años de relación.
  • Actas de nacimiento de ambos cónyuges.

Opcionalmente, según cada caso:

  • Actas de nacimiento de niños en común (si corresponde)
  • Registro de divorcio de matrimonio anterior (si corresponde)
  • Certificado de defunción en caso de viudez (si lo hubiera)

Cabe señalar que la separación no es una causa suficiente para el concubinato. Primero es necesario disolver el matrimonio.

  • Autorización escrita de los padres o representantes legales, en el caso de adolescentes jóvenes. Las siguientes edades son obligatorias: ella tiene más de 14 años y él tiene más de 16. Si no hay acuerdo entre las partes, se procederá a la autorización del Juzgado de Protección de la Niñez y la Adolescencia.
  • Los extranjeros deben presentar un pasaporte válido y válido con una visa.
  • Carta de encarcelamiento. En el caso de que una de las dos partes cumpla condena en un caso penal.

Carta de concubinato en la Ciudad de México

Desde el 21 de enero de 2015, día de la publicación de las bases, según la reforma del artículo 291 bis de la Código Civil del Distrito Federal, las cartas de concubinato se pueden tramitar en cualquiera de los 52 tribunales civiles.

Cualquiera que sea residente o vecino del distrito federal puede formalizar su estado de matrimonio libre. No importa si son extranjeros o nacieron fuera del territorio.

Tampoco existe una excepción de género. Pudiendo solicitarlo también parejas del mismo sexo o de diferentes sexos.

Lo ideal es solicitar prueba de convivencia, indicando su inicio en ese momento. Esto no requeriría testigos, ya que los derechos no comenzarían a contar hasta dos años después, o el nacimiento del primer hijo.

Más información en el guía de la Universidad de Veracruz

Sin embargo, si se requiere dicha prueba de convivencia, se deben presentar al juez los siguientes documentos:

Documentos requeridos:

  • Identificaciones oficiales vigentes de ambos participantes.
  • Actas de nacimiento de cada persona (copias certificadas) que sean recientes. Al menos 1 año desde el envío.
  • Comprobante de domicilio: luz, agua, facturas de teléfono, tarjetas de crédito …
  • Comprobante de soltería (Comprobante de que nadie está casado. Puede solicitarse con antelación en el mismo registro civil).
  • Dos testigos adultos, con sus documentos de identidad.
  • Actas de nacimientos de niños. También reciente (si corresponde)

El acto es sencillo, tiene una duración de apenas 20 minutos, en los que el juez redacta el documento mediante el cual se otorga la prueba del concubinato. El registro es gratis, aunque suele haber costos por hoja valorada y copias certificadas. (unos 58 pesos)

Ni que decir tiene que la unión de concubinato puede disolverse y la propia ley establece un protocolo para su correcta disolución. Basta con presentar a las partes interesadas, juntas o separadamente, y firmar los actos de ruptura.

Ejemplos de carta de concubinato

Carta de concubinato del ayuntamiento:

Parroquia Central

Calle El almendro nº 5, Barrio Las casas

Caracas

El abajo firmante, Manuel Torres Ribera, con cédula de identidad V.- 3331796, Portavoz de la COMISIÓN DE HÁBITAT Y VIVIENDA, Mediante el Presente dejo claro que conozco suficientemente; de vista, trato y comunicación a los Ciudadanos: GABRIEL COSTA LÓPEZ y MARIA DOLORES TORRES GÓMEZ, de Nacionalidad: Venezolana y Venezolana, mayor de edad, de profesiones: Electricista y Auxiliar de Vuelo y de Estado Civil: Soltero y Soltero, Titulares de Cédulas de Identidad No. 12,348,811 y 13,347,922, respectivamente, con domicilio en: Calle General Hormigos 23, piso 3 de Caracas.

, de esta ciudad, que viven en UNIÓN CONCUBINARIA, ya que: DOS AÑOS.- En consecuencia, con mi firma, testifico lo anterior.
Prueba de que se emite la solicitud de un interesado.

En Caracas a 28 de marzo de 2019

(Empresa) (Empresa)

La concubina La concubina

(Compañía)Portavoz

Carta de testigo de concubinato notariada:

Caracas, 11 de marzo de 2019

Ellos don Manuel Pérez Ortiz, residente de la localidad de Torrealta, con DNI. 4848483, mayor de edad y en plena función de mis capacidades mentales, mediante el Presente, doy a conocer mis conocimientos a los aspirantes concubinos Don Ramón Castellejos y Manuela Robles, mayores de edad y solteros en el pueblo. Con documentos de identidad 0309490-O y 98494943-g respectivamente. Cuyo domicilio así consta en los documentos adjuntos, en la calle Rodrigo Díaz 34.

Y para que conste, firmo a continuación:

(Compañía)

Fdo. Manuel Pérez

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